La formación programada para trabajadores, antiguamente conocida como formación bonificada por las empresas, es una modalidad de formación continua que permite a las empresas ofrecer cursos de formación a sus empleados de forma gratuita o a un coste reducido.
Una de las principales ventajas de la formación programada es que contribuye a mejorar la productividad y la competitividad de la empresa, ya que los trabajadores adquieren nuevas habilidades y conocimientos que les permiten desempeñar sus funciones de manera más eficiente.
En resumen, la formación programada es una herramienta muy útil para que las empresas puedan formar a sus empleados de manera personalizada y adaptada a sus necesidades, con la ventaja de poder recuperar parte de los costes a través de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social. Es importante conocer todas estas características antes de solicitar la formación programada, para poder aprovechar al máximo sus beneficios.
Características principales de la formación programada
La formación programada cuenta con una serie de características que es conveniente conocer antes de proceder a su solicitud.
- Las empresas disponen de un crédito anual para la formación de sus empleados, que pueden utilizar para financiar acciones formativas tanto presenciales como online.
- La formación programada puede ser bonificada, es decir, las empresas pueden recuperar parte de los costes de la formación a través de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.
- Está dirigida principalmente a trabajadores en activo, aunque también puede ser utilizada por empresas para formar a personas desempleadas.
- Las acciones formativas deben estar relacionadas con la actividad de la empresa y se deben planificar y ejecutar de acuerdo a un plan de formación anual.
- La empresa debe contar con un plan de formación aprobado por su representante legal y por los representantes de los trabajadores.
- La formación programada debe ser realizada por entidades acreditadas y debe cumplir con los requisitos de calidad establecidos en la normativa vigente.
Requisitos
- Estar al corriente en cuanto a las obligaciones ante la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
- Abonar el importe de las facturas de la acción formativa antes de que se realice la bonificación.
- Mantener la documentación justificativa de la formación durante un mínimo de 4 años.
- Proporcionar la documentación y datos necesarios a la entidad organizadora para que lleve a cabo las gestiones correspondientes ante la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE).
¿Cómo calcular el crédito para la formación bonificada del cual dispone una empresa?
Para calcular el crédito para la formación bonificada del cual dispone una empresa, primero debes determinar el importe total ingresado por la empresa en concepto de cuota de formación durante el año anterior.
Luego, debes aplicar el porcentaje de bonificación correspondiente, de acuerdo al número de trabajadores que tiene la empresa. Por ejemplo, si una empresa tiene 20 trabajadores, recibiría una bonificación del 75%.
Finalmente, multiplicar el importe total ingresado por la empresa en concepto de cuota de formación por el porcentaje de bonificación obtenido.
El importe destinado para la formación de los empleados resultará de aplicar el porcentaje de bonificación establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado a la cantidad total ingresada por parte de la empresa durante el año anterior en concepto de cuota de formación.
De esta forma, los porcentajes establecidos son los siguientes:
- Empresas de 1 a 5 trabajadores – 420 euros/empresa/año
- De 6 a 9 trabajadores – 100 % de bonificación
- De 10 a 49 trabajadores – 75 % de bonificación
- De 50 a 249 trabajadores – 60 % de bonificación
- Más de 250 trabajadores – 50 % de bonificación
Por lo tanto, cada empresa dispondrá de un crédito mínimo de 420 euros al año que podrá destinar a la formación profesional de sus empleados.
Ejemplo:
Si una empresa con 20 trabajadores ingresó un total de 10.000 euros en concepto de cuota de formación durante el año anterior.
La bonificación correspondiente es del 75%.
Calculamos el crédito para la formación bonificada de la empresa: 10.000 * 0.75 = 7.500 euros.
Por lo tanto, la empresa tendría un crédito de 7.500 euros para destinar a la formación profesional de sus empleados.
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